>¿Qué es el modelo 036 y para que sirve?

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El modelo 036 por el cual conocemos a la Declaración Censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, es tal vez uno de los modelos vitales de cara a nuestra relación con Hacienda, es decir, más vale no meter la pata con este modelo, ya que de ello dependerán cosas tan importantes como los impuestos que Hacienda nos puede exigir en un momento dado.
Como su nombre nos indica es una Declaración Censal, por lo que no conlleva pago alguno, se podría decir que es informativo, por otro lado en el propio nombre nos indica que es de Alta, Modificación y Baja. ¿Qué quiere decir esto?, Básicamente que tendremos que presentar un modelo 036 cada vez que algo relativo a nuestra actividad varié:

  • Alta, nos servirá para decirle a nuestra amiga, hola estamos aquí y nos vamos a dedicar a esto y con estas características.
  • Modificación, es básicamente un, «hola Hacienda, ¿te acuerdas de mi y que tenía estas características?, pues que sepas que esto a cambiado».
  • Baja, su nombre lo dice todo, «Hacienda que te vaya bonito», que no voy a seguir con la actividad.
Bueno bromas a parte, la intención de los tres puntos anteriores es que sepamos de un forma coloquial para que sirven, las altas, modificaciones y bajas en este modelo 036, ya iremos viendo como no es tan sencillo y hay que tener mucho cuidado.

10 respuestas to “>¿Qué es el modelo 036 y para que sirve?”

  1. Anonymous Says:

    >Hola queria dar de baja el modelo 115 de una C.B., en Hacienda por internet, pero al dar de baja no se que opcion he de marcar con la "X" si:(136) Modificación datos relativos a retenciones e ingresos a cuenta. (página 7), oc)BAJA, y poner su causa; que no se cual seria porque tampoco te lo especifica bien…

  2. Blackdos Says:

    >Buenas tardes Anónimo, si lo único que quieres es dar de baja la obligacion del 115, la opcion a marcar es la casilla 136 y luego marcar la casilla de baja en el 115 en la página 7.Date cuenta que normalmente estas bajas suelen ir acompañadas de la baja del local en la actividad, si es así, también debes marcar la 127, para poder dar de baja el loca en la página 4.Un saludo.

  3. Anonymous Says:

    >Hola, resulta que tengo un piso el cual alquilé para oficinas, por lo que tuve que hacer el alta censal para a posteriori pagar los respectivos trimestres de IVA. Los inquilinos se marcharon el 30 de junio, pero me han pagado facturas de servicios despues de la misma fecha, que ellos han declarado en el posterior trimestre (tercero trim.), mi pregunta es: ¿que fecha debo poner en la baja censal, el 30 de junio o el último día del trimestre en que presento las últimas facturas de los servicios? En espera de su respuesta, les mando un saludo. Gracias.

  4. Blackdos Says:

    >Buenos días anónimo, la fecha de baja en el 036/037 no puede ser anterior a la fecha de la última factura que emitas tú. Un saludo

  5. Anonymous Says:

    >Soy presidenta de la comunidad de vecinos y la adiministradora me ha solicitado una fotocopia de mi D.N.I. Al preguntar para que necesitaban el documento me respondió lo siguiente:"Lo necesitamos para presentar el modelo 036 para modificar el domicilio de las notificaciones. Antes lo presentaban los adminitradores pero ahora lo tienen que presentar los presidentes."¿Qué acciones van a llevar a cabo?

  6. Blackdos Says:

    >Buenas tardes, probablemente el DNI se lo hayan pedido para acompañar una autorizacióm, ya que el modelo 036 debe ser firmado por un representante de la Comunidad, en su caso el Presidente y si son ellos los que lo van a llevar a presentar físicamente en Hacienda, les pueden solicitar una autorización suya.De todos modos si no lo ve claro o desconfia, pida ver antes el modelo 036.Un saludo.

  7. Anonymous Says:

    >Si se abandonó una actividad hace casi 4 años, pero no se hizo modelo 036, ¿se puede hacer ahora diciendo que la baja es desde aquel momento y no ahora? Porque en su blog habla de un plazo de 30 días.

  8. Blackdos Says:

    >Buenos días, efectivamente el plazo para comunicar un cese de la actividad es de 30 días, pasado ese tiempo Hacienda entiende que es un declaración fuera de plazo y aplica un sanción de 200 € aproximadamente.En tu caso, al hacer 4 año desde que dejaste la actividad hay que saber si tienes mas actividades a parte de la que dejaste de realizar o no.Date cuenta que si esa era tu única actividad, lo raro es que Hacienda no te haya reclamado, la presentación de los impuestos derivados de la misma, la baja no te la reclama ya que no puede determinar si has dejado de realizar la actividad o no, pero si que te puede reclamar los trimestrales y las sanciones por los trimestrales son peores que por presentar la baja de la actividad fuera de plazo.Por lo tanto hay que saber si esa era tu única actividad o no, aunque me imagino que tengas otra actividad.Un saludo.

  9. Anonymous Says:

    >Qué pasa si se presenta el modelo 036 fuera de plazo?

  10. Blackdos Says:

    >Buenos días Anónimo, el presentar fuera de plazo el modelo 036, suele conllevar una sanción de 200 € aproximadamente.Un saludo

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